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Fundamento legal para llevar a cabo el tratamiento
La UGD trata los datos personales antes señalados con fundamento en los artículos 6° Base A y 16 segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3°, fracción XXXIII, 4°, 16, 17 y 18 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados ; 1° y 37, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el artículo 34, fracción XVI delReglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.
Transferencia de datos personales
No se realizarán transferencias de datos personales, salvo aquéllas que sean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad competente, que esté debidamente fundados y motivados.